lunes, 16 de abril de 2012


REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS

CAPITULO SEXTO: DEL ANALISIS, CALCULO E INTEGRACIÓN DE LOS PRECIOS UNITARIOS.
Maria Jimena Uribe Granados

En el capítulo sexto del reglamento de la ley de obras públicas nos habla de una serie de artículos  a tener en cuenta  al momento de realizar un presupuesto para una obra.

Este capítulo nos señala desde el artículo 185 hasta el artículo 220 del reglamento; cada punto con su respectiva importancia  para la integración de los precios unitarios.

En el artículo 185 nos explican  que el  precio unitario es entendido como el importe de la remuneración o pago que debe cubrirse al contratista por unidad de concepto terminado y ejecutado; a su vez este artículo nos señala las subdivisiones que el precio unitario tiene como lo son los costos directos, costos indirectos, costos por financiamiento y de cargo por utilidad.

En el articulo187 nos dice que el precio unitario debe estar ligado a un análisis, cálculo e integración previamente estudiada que vaya de acuerdo con los procedimientos constructivos tomando en cuenta los costos actuales de materiales, recursos humanos entre otros. De acuerdo a este punto como dato adicional puedo agregar que aquí se debe tener en cuenta en donde se está trabajando ya que los precios de los materiales varían de acuerdo a cada región y a su vez la mano de obra también varía.

En el artículo 188 señalan que los precios unitarios deben expresarse en la moneda nacional exceptuando aquellos que requieran recursos de procedencia extranjera; en mi opinión esto es de gran ayuda ya que si se manejaran los precios unitarios en una moneda general para cualquier país se tendría que tener en cuenta el cambio de divisas  y esto generaría un valor ligeramente  diferente al inicial; bien podría ser ganancias o en muchos casos pérdidas para el contratista.

En el artículo 189 nos muestran los precios unitarios que podrán contener; como son; 1. Precios unitarios originales que son los consignados en el catálogo de conceptos del contrato y que fueron parte importante para su adjudicación 2. Precios unitarios por cantidades adicionales o conceptos no previstos.

En la siguiente parte del articulo nos hablan de los costos directos; como introducción a esta sección podemos decir que los costos directos son aquellos costos que están expuestos en el contrato es decir son los costos a tener en cuenta del proyecto que se va a realizar como lo es los insumos y la mano de obra que se necesitara; esto ya tendrá que estar señalado en el análisis de precios unitarios y en el presupuesto final anterior al desarrollo del proyecto.

El articulo 190 nos explica lo que es un costo directo  el cual se deriva de las erogaciones que hace el contratista por el pago de salarios reales al personal que interviene en la obra y también señala que los costos del personal técnico, administrativo, de control, supervisión y vigilancia  corresponden a los costos indirectos.

Nos muestran también en este artículo como calcular el costo de la mano de obra por medio de una formula en el cual se tiene el salario real personal y el rendimiento.

En el artículo 191 nos dicen que el factor de salario real “FSR” se deberá entender como la relación de los días realmente pagados en un periodo anual divididos entre los días efectivamente laborados durante ese mismo periodo. En este punto a mi parecer también es de vital importancia mirar en donde se realiza la construcción ya que los días feriados y por ley no laborales pueden cambiar de una región a otra o en algunos casos por capricho de los contratista u  dueños de la obra; sin olvidar las prestaciones derivadas de la ley federal del trabajo, de la ley del seguro social y de la ley del instituto del fondo nacional de la vivienda para los trabajadores.

En el artículo 192 nos explican cuáles son los conceptos que no se deben considerar en la determinación del salario real como por ejemplo:

1. referentes a trasportación, instalaciones y servicios de comedor, instalaciones deportivas.
2. Instrumentos de trabajo tales como herramientas, ropa, cascos, zapatos entre otros  
3. alimentación y habitación cunado den a los trabajadores
4. premios por puntualidad y asistencia
5. viáticos y pasajes al personar por algún movimiento a otro lugar de la obra
6. dinero aportado para obras sociales

En el artículo 193 dicen que el costo directo de los materiales es el correspondiente a las erogaciones que hace anteriormente el contratista para adquirir, o también en algunos casos producir los materiales necesarios para la construcción; de aquí también tendremos otra formula la cual nos mostrara el costo por materiales teniendo en cuenta el costo básico unitario  y el consumo de materiales por unidad de medida del concepto de trabajo.

Aquí ya vemos como un presupuesto puede variar dependiendo que tipo de materiales  utilizaremos sin olvidar la calidad que como constructores se debe tener y principalmente en donde compraremos esos materiales ya que si elegimos un proveedor a un alto costo esto se verá afectado en el alto costo de nuestro presupuesto o si peor aún cotizamos un material a un costo incorrecto y más bajo tendremos perdidas que nos afectara a nosotros como contratistas.

En el artículo 194 ya se habla de un costo un poco mayor; el costo por maquinaria es decir el equipo de construcción que se utilizara para cierta labor en específico; en la obra este cálculo se debe hacer también mediante una fórmula para tener en cuenta el costo horario por maquinaria; considerando el costo horario directo por hora efectiva de trabajo de la maquinaria y el rendimiento horario de la máquina.

En el artículo 196  nos aclaran como resulta un costo horario por depreciación encontrando así que depreciación es sinónimo de reducción tenemos que este es el que resulta por la disminución del valor original de la maquinaria o equipo de construcción como consecuencia de su uso.

Es decir toda máquina como todo en la tierra tiene un inicio y un final dependiendo de su uso y cuidado este puede ser más largo y más eficaz; como sabemos el costo de un producto antiguo no es el mismo al de un producto nuevo en buenas condiciones en las maquinarias de construcción este valor se puede saber teniendo en cuenta la fórmula para el costo horario por depreciación de la maquina  teniendo en cuenta a su vez una serie de datos como lo son el valor de la maquina como objeto nuevo , la vida económica de la maquina estimada por el contratista  y el valor de rescate de la máquina.

Del articulo 197 a la 199 se habla principalmente del costo horario que representa la maquinaria ( su inversión, riesgo, su seguro, número de horas efectivas de trabajo de la maquinaria, costo por mantenimiento, entre otras) estos artículos nos dan cada uno de ellos una fórmula para conocer mejor ya sea el costo por mantenimiento, su inversión y cada parte  importante del funcionamiento de la maquinaria teniendo como resultado un análisis de un costo más o menos real del funcionamiento de la máquina y de la vida útil de esta; a mi parecer estos artículos pueden ser un poco más flexibles ya que estas fórmulas pueden variar mucho dependiendo del uso que se le dé a la maquinaria , del lugar donde se encuentre, la calidad de la maquinaria, entre otras. Y también porque aunque son datos necesarios para tener un idea estos datos se pueden sintetizar más para tener la misma información en un dato general.

Del articulo 200 al 205 encuentro en estos artículos que principalmente  lo que se habla es del gasto de combustible   u otras fuentes de energía, el costo por lubricantes, el costo por desgaste de llantas de la máquina  y el desgaste de las piezas especiales durante la operación de la maquinaria. 

Principalmente nos habla de la gasolina, diesel que cada una de la maquinaria necesita ya que esta eleva bastante el presupuesto de la obra; también nos señala los consumos de energía eléctrica en el cual nos dicen que se requiere un estudio especial  para este apartado.

En otro artículo nos señala los lubricantes de los motores de las maquinarias es decir el costo horario por consumo de lubricantes; teniendo en cuenta la cantidad de aceite consumidos por hora efectiva de trabajo, el consumo entre cambio sucesivos de lubricantes en las maquinarias y equipos, y el costo de los aceites lubricantes utilizados en las maquinarias y equipos.

Finalmente nos habla del desgaste de  las piezas especiales teniendo en cuenta el valor de las piezas especiales consideradas como nuevas  y las horas de vida económica de las piezas especiales.

En el artículo 206 nos explican el costo horario por salarios de operación el cual resulta del concepto de pago de los salarios del personal encargado de la operación de la maquinaria; en este se debe tener en cuento las horas efectivas de trabajo de la maquinaria ya que según esto se le pagara a la persona que la manejo por sus horas de trabajo, también se debe tener en cuenta el salario base del personal encargado de la operación de maquinaria y el salario real del personal.

En el artículo 207 nos habla sobre las herramientas de mano también nos señala una fórmula para conocer el costo por herramienta de mano y este lo que nos muestra es el desgaste de la herramienta en un trabajo específico; en mi opinión tener en cuenta la herramienta menor en el presupuesto es importante ya que de esta manera tenemos un orden en la obra y se podrá controlar  las perdidas y daños de las mismas.  

En el artículo 208 nos explican que en caso de que se requiera el costo por maquinas- herramientas  este se calculara en la misma manera que el costo directo por maquinaria.

En el artículo 209 nos señala el costo directo por equipo de seguridad mediante una formula; este  es la protección personal del trabajador o trabajadores para ejecutar algún trabajo en específico. A mi parecer este es un punto muy importante si tenemos en cuenta que como contratistas todo nuestro personal debe tener un seguro médico como la ley lo exige por accidentes menores y/o mayores en la obra; debemos tener en cuenta todos los riesgos que una obra tiene pero también debemos procurar reducir estos riesgos bien sea con señalización, pasos temporales, y protección personal para el trabajador.

En el artículo 210 nos explican  que el costo horario por maquinaria o equipo de construcción en espera es el que corresponde a las erogaciones derivadas de situaciones no previstas en el contrato; es decir al iniciar una obra siempre habrá inconvenientes bien sea por el personal, por el equipo o por el tiempo (lluvias, vientos entre otros) es por eso que hay un apartado en el reglamento de la ley de obras públicas el cual nos da  el costo horario por equipos en espera o reserva

En la sección 3 nos hablan del costo indirecto el cual corresponde a la suma de todos los gastos que, son aplicables a todos los conceptos de una obra en especial. Este a diferencia de los costos directos son los gastos por ejemplo administrativos, técnicos, de control, entre otros. Es decir son los no incluidos en los costos directos

El artículo 211   corresponde a la explicación de que es un costo indirecto y en cuales  áreas son aplicables.

En el artículo 212 nos indican que los costos indirectos se expresan como un porcentaje del costo directo de cada concepto de trabajo.

En el artículo 213 nos explican los gastos generales que podrán tomarse en consideración para integrar  el costo indirecto y que pueden aplicarse en puntos  específicos.

En la sección 4  nos hablan del costo por financiamiento; el costo por financiamiento es la inversión que realiza el contratista pensando en un tiempo determinado para recuperar esta inversión  al terminar la obra.

En el artículo 214 nos explican que este costo por financiamiento debe estar representado por un porcentaje de la suma de los costos directos e indirectos; es decir se debe hacer un previo análisis de todos los costos y gastos que la obra acarreara y según esto poner saber el costo por financiamiento.

En el artículo 215 nos dice que el costo por financiamiento permanece constante durante la ejecución de los trabajos pero puede tener ciertos ajustes en algunos casos específicos como por ejemplo la tasa de interés y retrasos en el trabajo. Este también es otro dato a tener en cuenta ya que muchas veces las obras no van con el cronograma pensado. Esto ocurre muchas veces porque no se hizo un análisis totalmente correcto del concepto de obra; esto hace que la obra se atrase y muy seguramente no este terminada en el plazo indicado en el contrato; es importante saber esto ya que si no se concluye en el plazo indicado esto acarrea pérdidas para el contratista y sus ganancias serán menores.

En el artículo 216  nos explican que para la integración del porcentaje  del costo por financiamiento se debe considerar ciertos puntos como por ejemplo la calendarización de egresos este acorde con el programa de ejecución de los trabajos y el plazo indicado.

En el artículo 217 en este último artículo que encontramos en el sexto capítulo del reglamento de la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas nos hablan de como reconocer el costo por financiamiento las variaciones de la tasa de interés que el contratista haya tenido en cuenta para su precio unitario estos puntos a tener en cuenta son:

+ El contratista deberá fijar la tasa de interés con base en un indicador económico específico
+ Las dependencias y entidades reconocerán la variación en la tasa de interés propuesta por el contratista entre otros.

En conclusión pienso que el reglamento de la ley de obras públicas y servicios relacionados con las mismas es una herramienta obligatoria para la construcción en México ya que nos suministra los puntos a tener en cuenta para tener  costos y finalmente un presupuesto completo con menor margen de error y de esta manera obtener menores ganancias como contratistas.


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